Avanzando hacia un Estatuto de Ciudadanía Europea
El Tratado de Maastricht estableció la ciudadanía europea en 1992 y treinta años después la Conferencia sobre el Futuro de Europa incluyó el refuerzo de la ciudadanía y la elaboración de un Estatuto de Ciudadanía Europea entre sus Conclusiones.
El objeto de estas páginas es plantear de forma objetiva y factible un borrador de Estatuto de Ciudadanía europea, porque la ciudadanía europea no ha logrado a día de hoy ser aplicada en toda su extensión. Se trata de una construcción única que no existe en ninguna otra parte del mundo. Comenzó a ser una realidad con el Tratado de Maastricht, cuando la creó, superpuesta a la ciudadanía de cualquier Estado miembro de la UE, otorgando a los ciudadanos europeos derechos suplementarios. La Carta de los Derechos Fundamentales de la UE los reforzó y abrió la puerta a su conexión con las nuevas realidades que es necesario incorporar, para que el ejercicio de esos derechos cobre todo su potencial.
Estas páginas tratan de cómo reforzar la ciudadanía europea actual, que es una historia de éxito pero que se ha quedado corta para las nuevas generaciones. Hemos analizado si sería necesario cambiar los Tratados para el articulado que proponemos y el resultado es muy interesante. Hoy por hoy, existen ciertos derechos de ciudadanía europea asociados a la condición de ciudadano de los Estados miembros, lo que nos otorga una serie de derechos electorales y derechos consulares adicionales, además de otros derechos directos. Con todo, la aplicación práctica de estos derechos presenta deficiencias, y los jóvenes, que saben que son europeos, piden
poder estudiar, poseer un título, trabajar y vivir con normalidad en todo el territorio europeo. Por este motivo, y dado que la confianza es el pilar fundamental del pacto político, debemos consumar el éxito de la ciudadanía europea situándola en el centro del sistema político.
Los artículos 20 a 25 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y la fundamental jurisprudencia que desarrolla el TJUE constituyen la base de lo que ha de ser un Estatuto de Ciudadanía, como valor añadido de la pertenencia a la UE.
El Parlamento Europeo se pronunció sobre este tema en la Resolución P8_TA (2019)0076, de 12 de febrero de 2019, relativa a la aplicación de las Disposiciones del Tratado relacionadas con la ciudadanía de la Unión [2018/2111(INI)]. En la resolución se marcan unos criterios dirigidos a tomar iniciativas concretas para la consolidación de los derechos y libertades específicos de los ciudadanos en el marco de un Estatuto de la ciudadanía de la Unión, similar al pilar europeo de derechos sociales, incluidos los derechos y las libertades fundamentales consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales y los valores establecidos en el artículo 2 del TUE.
En marzo de 2022 el Grupo parlamentario RENEW dio un paso importante y aprobó una propuesta de Estatuto de Ciudadanía que hemos analizado, artículo por artículo, para dilucidar si su materialización requeriría, o no, una reforma de los Tratados.
Pocos meses después, la Conferencia sobre el Futuro de Europa adoptó sus conclusiones e incluyó entre sus propuestas la elaboración de un Estatuto de Ciudadanía Europea. La Comisión y el Consejo valoraron esas conclusiones y en ningún momento expresaron oposición a la idea de elaborar un Estatuto. El texto que proponemos y analizamos a continuación, daría respuesta además a otras muchas propuestas salidas de esa Conferencia.